Análisis socio-psicológico de los menores internos en el centro de observación dependiente del consejo titular para menores infractores del estado de Quintana Roo

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Universidad De Quintana Roo

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El Estado como regulador de los aspectos sociales tiene que tornar medidas de prevención tutelares, de tratamiento de rehabilitación a esta problemática no resulta suficiente el saber que existe, sino que también es necesario comprender por qué un niño o joven menor de edad comete infracciones, muchas de las veces tipificadas como delitos otras como faltas administrativas y con otros actos que atentan contra su propia vida, su familia o la sociedad El fundamento constitucional no es muy específico en relación a los menores este se encuentra en el artículo 18 Constitucional, en el cual se estipula que la Federación y los gobiernos de los Estados establecerán instituciones especiales para el tratamiento de los menores infractores no encontrando su fundamento de acuerdo a la materia que sería en este caso, a los menores. Por ello es de considerarse que la justicia de menores debiera atenderse en el artículo 4° Constitucional que se refiere a la familia y a los derechos de los menores su fundamento entonces sería la materia de menores.

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