El ministerio público del proceso penal, su intervención en el juicio de amparo como consecuencia de la reforma al artículo 155 de la ley de la materia.
Abstract
El Juicio de Amparo se ha revelado como un medio de protección o tutela de la Constitucionalidad. Originalmente, las instituciones que preceden en la historia del juicio de amparo, tenían como objetivo principal, esencial y distintivo la protección de la tutela de ciertas prerrogativas o derechos que los gobernados exigieron al gobernante, esto es, tuvieron como fin primordial proteger los derechos del hombre o garantías individuales frente al poder público; posteriormente se fueron ensanchando sus objetivos, haciendo extensiva su tutela al régimen constitucional íntegro.
Dentro del Juicio de Amparo como en cualquier otro proceso, existen figuras procesales con intereses comunes y opuestos; con diversas facultades, dotadas de una personalidad jurídica que la misma ley les otorga, y que les permite realizar acciones que redunden en su beneficio, o que, en su caso, les permitan llevar a cabo su objeto y fin fundamentales.
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