dc.contributor.author | Padilla Dionisio, Fatima del Carmen | |
dc.contributor.author | Espinosa Angulo, Yesmin Xsarify | |
dc.contributor.other | Lopecedeño Estefan, Salvador | |
dc.contributor.other | Gomez Palma, Lorena del Carmen | |
dc.date.accessioned | 2023-09-28T19:54:36Z |
dc.date.available | 2023-09-28T19:54:36Z |
dc.date.issued | 2009 |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/20.500.12249/3480 |
dc.description.abstract | La gravedad de los conflictos sociales y la falta de solución de los mismos ante una sociedad que día a día exige justicia al momento verse inmerso en una de ello, ha generado la necesidad de buscar mecanismos alternos de procuración e impartición de justicia. El rompimiento de los esquemas tradicionales y la apertura de nuevas alternativas de justicia, son impostergables en este mundo que vivimos, en el que impera la desesperación y la intolerancia, la violencia y la delincuencia, producto en gran parte de la impotencia social para lograr una justicia pronta y expedita. Es indiscutible la demanda del servicio público de procuración y administración de justicia, originados por una diversidad de factores sociales, económicos, culturales y demográficos, requiere por parte de las instancias gubernamentales, de una disposición de recursos humanos y económicos destinados a hacer frente a tales demandas de servicio. El impulso de la mediación como medida alternativa de solución de conflictos penales en sede de averiguación previa, y el replanteamiento de la condena condicional mediante la suspensión del proceso a prueba, en sede judicial tiene como objetivos fundamentales: el fortalecimiento de un sistema acusatorio al recuperar la confianza en nuestro sistema de justicia penal y sus instituciones. La utilización de la mediación en el procedimiento penal en su fase inicial, se justifica plenamente cuando se trata de delitos que se persiguen por querella; es innegable que en todo conflicto de esta naturaleza, una vez iniciado, la parte denunciante se vuelva dogmática , ciega ante ciertos argumentos del adversario y así el conflicto toma vida propia, con el mecanismo de reacciones de escala; la función del mediador es animar a las partes a encontrar una solución común mediante un franco diálogo entre los adversarios, y sobre todo procurar que no se desvíe el fondo del asunto. |
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Previous issue date: 2009 |
dc.format | pdf |
dc.language.iso | spa |
dc.publisher | Universidad de Quintana Roo |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 |
dc.subject | Derecho penal |
dc.subject | Quintana Roo |
dc.subject.classification | CIENCIAS SOCIALES::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::DERECHO Y LEGISLACIÓN NACIONALES::DERECHO PENAL |
dc.title | La mediación penal en la procuración de justicia: una propuesta para el Estado de Quintana Roo en los delitos de querella. |
dc.type | Trabajo de grado, licenciatura |
dc.type.conacyt | bachelorDegreeWork |
dc.description.enky | 870 |
dc.rights.acces | openAccess |
dc.identifier.lcc | KB365 |
dc.identificator | 5||56||5605||560505 |
dc.audience | generalPublic |
dc.division | Campus Chetumal Bahía |
dc.division.sub | División de Ciencias Sociales y Económicas Administrativas |
dc.division.programa | Derecho |